Asegure la seguridad de su vivienda con el Certificado de Aptitud de la Generalitat.
El pasado 26 de febrero de 2011, la Generalitat de Catalunya aprobó el Decreto 187/2010 que regula la normativa sobre la Inspección Técnica de Edificios (ITE) plurifamiliares de viviendas a la que muchos edificios deben someterse cada cierto tiempo para garantizar su buen estado y de esta forma asegurar su habitabilidad. muchos edificios están obligados a pasar por una inspección técnica para asegurar las condiciones de uso y su habitabilidad.
Esta inspección técnica de edificios sirve para comprobar el estado en el que se encuentra el edificio de viviendas y garantizar la seguridad de las personas que lo habitan. Mediante la ITE, se comprueban visualmente las viviendas para observar deficiencias o certificar su perfecto estado. Una vez realizada la ITE, la Generalitat otorga al edificio un certificado con las conclusiones extraídas sobre su estado, el certificado de Aptitud.
En este documento se detallan las deficiencias detectadas por el arquitecto que ha realizado la inspección y se le da al edificio una valoración general sobre su estado. Esta valoración dependerá de los problemas del edificio y tendrá una de estas valoraciones generales:
Estado muy grave. Si el edificio presenta demasiadas deficiencias que afectan gravemente a su estabilidad y representan un peligro para la seguridad de sus habitantes. En este caso se adoptarán las medidas de seguridad necesarias de forma inmediata y se obtendría la valoración de NO APTO por parte de la Generalitat.
Con deficiencias graves: Cuando se observan algunas deficiencias importantes pero que se pueden reparar. En esta ocasión, el técnico marcará unos plazos para solventar esas deficiencias y una vez realizadas las reparaciones correspondientes se obtendrá el Certificado de Aptitud de la Generalitat.
Con deficiencias leves: Se obtiene el certificado de aptitud pero existen algunas deficiencias en el edificio por falta de conservación. En este caso, es necesario realizar trabajos de mantenimiento para evitar su deterioro.
Sin deficiencias: Cuando visualmente no se han detectado deficiencias y por lo tanto el edificio se encuentra en perfecto estado.
Una vez obtenido el Certificado de Aptitud, este tendrá una vigencia de 10 años en los que no será necesaria otra inspección. Transcurrido este período, el edificio deberá volver a someterse a otra Inspección Técnica de Edificios para renovar el Certificado y garantizar su habitabilidad y seguridad otros 10 años más.